viernes, 15 de junio de 2012

PLIEGO PETITORIO NACIONAL FENTUP 2012


FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES
DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ
-FENTUP-


PLIEGO PETITORIO NACIONAL DE LA FENTUP 2012


EN LO ECONÓMICO:

  1. Gestión inmediata para que se incorpore en el Decreto Supremo el bono de los incentivos laborales por los meses que hemos dejado de percibir.
  2. Promulgación inmediata del Decreto Supremo que fije la escala de incentivos por CAFAE, de acuerdo a la ley aprobada y las conclusiones de las reuniones de la Comisión de Presupuesto y las organizaciones sindicales.
  3. Continuar con la nivelación progresiva de esta escala de los incentivos del CAFAE en el ejercicio presupuestal 2013.
  4. Dación de una Ley de Remuneraciones, en base a una política remunerativa, en concordancia con la nueva ley orgánica del servicio público, que restablezca el Sistema Único de Remuneraciones con una nueva escala.
  5. Pago de un sueldo total por escolaridad, gratificaciones de julio y aguinaldo de diciembre.
  6. Pago de la CTS, en el monto de una remuneración total por cada año de servicios.

EN LO LABORAL Y SINDICAL:

  1. Dación de una nueva Ley para los servidores públicos, con participación de los representes de los trabajadores, que integre y supere la dispersión de los regímenes laborales existentes y los integre en una nueva carrera, con respeto de sus derechos adquiridos.
  2. Vigencia y respeto a la estabilidad laboral, consagrado en el Decreto  Legislativo 276 y que los trabajadores debemos luchar para introducir este derecho fundamental en la nueva ley orgánica del servicio público.
  3. Nombramiento de los trabajadores contratados en planilla por servicios personales en el ejercicio presupuestal 2013.
  4. Modificación inmediata de la Ley 29840 que deroga progresivamente el régimen laboral 1057, aprobándose la iniciativa legislativa tramitada por la CITE  y CGTP.
  5. Aprobación de la nueva Ley de Trabajo, que reemplace al Decreto Legislativo 728.
  6. Nueva Ley General del Trabajo, que establezca el derecho a la presentación y aprobación del Pliego por Rama en las Universidades Particulares.
  7. Derogatoria del D.S. 051-91-PCM.
  8. Respeto irrestricto al fuero sindical que implique además, el respeto a los derechos laborales, sindicales y económicos establecidos en las leyes y en los convenios internacionales. Reconocimiento al derecho de la negociación colectiva para todos los servidores públicos en el nivel del gobierno central y en el nivel institucional.
  9. Implementación de los planes de desarrollo de las personas al servicio del Estado (Capacitación permanente), asignando el presupuesto necesario para el cumplimiento de este fin.

EN LO INSTITUCIONAL:

  1. Convertir a la educación en el pilar del desarrollo del país, para lo cual deberá incrementarse progresivamente el presupuesto destinado a Educación, hasta alcanzar el 6% del PBI, en el 2016; garantizando la gratuidad de la educación pública, con calidad y acceso de todos los niños, adolescentes y jóvenes; mejorando sus niveles nutricionales, la infraestructura educativa, equipamiento, laboratorios y bibliotecas modernas, el medio pasaje de los estudiantes para facilitar el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades y sin discriminación.

  1. Una nueva Ley Universitaria, producto de la discusión y aprobación de todos los actores, que le dé el marco legal para la modernización, desarrollo académico, la investigación científica y tecnológica, la calidad en la formación profesional de la juventud; a la vez, que profundice la democratización, consagrando las elecciones universales para la designación de las autoridades universitarias, con participación de docentes, estudiantes y trabajadores administrativos.

    1. Participación de los trabajadores con voz y voto en los órganos de gobierno de las universidades y en las elecciones para designar las autoridades universitarias.
    2. Nuevo modelo para la administración universitaria, en la que los cargos administrativos, jefaturales y de decisión intermedia, sean desempeñados a tiempo completo por personal administrativo.

EN LO SOCIAL:

1.         Dación de una Ley que consagre la libre desafiliación de las AFP, sin trabas ni condiciones, solo al respeto de su voluntad.
2.        Una reforma del Sistema Privado de Pensiones para los que voluntariamente deberán permanecer a afiliarse a las AFP.
  1. Incremento de la pensión para los trabajadores cesantes y jubilados en los regímenes de la Ley 20530 y modificatoria de la base de cálculo de los pensionista de las19990, que eleve la pensión mínima al monto de remuneración mínima vital.
  2. Derogatoria del D. Leg. 1095, que atenta contra el libre ejercicio de la protesta pacífica de la Sociedad Civil, consagrado de la Constitución, dando carta blanca a la policía y fuerza armada para atentar por la fuerza y el uso de las armas al legítimo derecho del pueblo a través de sus organizaciones a la protesta pacífica.

Chimbote, mayo de 2012

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